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  1. Esta norma pasa a denominarse «Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad», según establece el art. 2.1 del Real ...

  2. BOE-A-1985-10836 Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

  3. Real Decreto 1438/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

  4. El presente Real Decreto, de acuerdo con el artículo 2.1.a) de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y al amparo de la disposición adicional primera de la Ley 32/1984, de 2 de agosto, regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

  5. Real Decreto 270/1990, de 16 de febrero, por el que se incluyen en el régimen del Seguro Escolar los alumnos que cursen el Tercer Ciclo de Estudios universitarios conducentes al título de Doctor. Real Decreto 1633/1985, de 28 de agosto, por el que se fija la cuantía de la cuota del Seguro Escolar.

  6. Ficheros adjuntos: Ley de 17 de julio de 1953 (BOE de 18/07/1953), por la que se establece el seguro escolar obligatorio (59.01 KB) Orden de 11 de agosto de 1953 (BOE de 28/08/1953), por la que se aprueban los Estatutos de la Mutualidad del Seguro Escolar (1.27 MB) Real Decreto 1633/1985, de 28 de agosto (BOE de 14/09/1985) por el que se fija ...

  7. El presente Real Decreto, de acuerdo con el artículo 2.1.a) de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y al amparo de la disposición adicional primera de la Ley 32/1984, de 2 de agosto, regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.