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  1. El artículo 1463 del Código Civil español hace referencia a la entrega de los bienes muebles vendidos. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título IV: Del contrato de compra y venta. Capítulo IV: De las obligaciones del vendedor. Sección II: De la entrega de la cosa vendida.

  2. Explicación sencilla. El artículo 1463 del Código Civil establece las condiciones para la entrega de bienes muebles en un contrato de compra-venta.

  3. 5 de may. de 2024 · Art. 1463 CCF de 1928 Código Civil Federal Artículo 1463 El legado de alimentos dura mientras viva el legatario, a no ser que el testador haya dispuesto que de la Federación

  4. Artículo 1452. El daño o provecho de la cosa vendida, después de perfeccionado el contrato, se regulará por lo dispuesto en los artículos 1.096 y 1.182. Esta regla se aplicará a la venta de cosas fungibles hecha aisladamente y por un sólo precio, o sin consideración a su peso, número o medida.

    • La Entrega de Llaves Es El Acto Que Culmina El Contrato de Alquiler.
    • La Prueba de La Entrega de Llaves corresponde Al Arrendatario.
    • La Devolución de La fianza.

    La entrega de llaves es el último acto realizado por el arrendatario que pone fin al contrato de arrendamiento. El art. 11 LAU, titulado Desistimiento del contrato, está dedicado a la entrega de la posesión, ya sea por desistimiento o bien por extinción del plazo convenido en el contrato. En el momento en que termina el contrato de alquiler, y sea ...

    El arrendatario y el arrendador deben acreditar el momento de la entrega de llaves y documentarlo en un acuerdo de extinción de contrato, en este documento debería quedar reflejado que el inquilino restituye la vivienda en buen estado o en su caso, anotar en un acta de desperfectos las posibles irregularidades que se hayan producido en la casa o en...

    A la finalización del acuerdo de extinción del contrato y entrega de llaves, es posible que tenga lugar la devolución de la fianza y en su caso, las garantías adiciones o avales que hubiese aportado el arrendatario, pero lo que no se debe hacer, así lo ha resuelto el Tribunal Supremo, es condicionar la entrega de llaves a la devolución de la fianza...

  5. Podemos contemplar en nuestro Código Civil estas formas de tradición en los artículos 1462, 1463 y 1464 CC, que, aunque referidos a la compraventa, pueden aplicarse a cualquier contrato traslativo del dominio o derechos reales.

  6. 19 de jun. de 2024 · El daño o provecho de la cosa vendida, después de perfeccionado el contrato, se regulará por lo dispuesto en los artículos 1.096 y 1.182. Esta regla se aplicará a la venta de cosas fungibles hecha aisladamente y por un solo precio, o sin consideración a su peso, número o medida.