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  1. Una unión personal es una figura jurídica mediante la cual dos o más Estados comparten un mismo jefe de Estado, sin que exista, necesariamente, una integración política entre ambas naciones. Las dos o más entidades que forman una unión personal se consideran Estados soberanos separados.

  2. Una unión personal es una figura jurídica mediante la cual dos o más Estados comparten un mismo jefe de Estado, sin que exista, necesariamente, una integración política entre ambas naciones. Las dos o más entidades que forman una unión personal se consideran Estados soberanos separados.

  3. v. t. e. A personal union is a combination of two or more monarchical states that have the same monarch while their boundaries, laws, and interests remain distinct. [1] A real union, by contrast, involves the constituent states being to some extent interlinked, such as by sharing some limited governmental institutions.

  4. Unión política, tipo de Estado compuesto por varios países; Unión personal, figura jurídica mediante la cual dos o más Estados comparten un mismo jefe de Estado; Unión real, figura jurídica mediante la cual dos o más Estados comparten un mismo jefe de Estado y otros entes administrativos;

  5. www.unionpersonal.com.arUnión Personal

    Se hace saber que con fecha 25/02/19 se ha dictado una medida cautelar mediante la cual se establece que la Obra Social de la Unión Personal del Personal Civil de la Nación se abstendrá de desvincular a todos aquellos afiliados que obtengan su beneficio jubilatorio o de pensión y que no hayan comunicado en forma expresa, oportuna y fehaciente su voluntad de optar por ser transferidas al I ...

  6. Los equipos de protección individual estarán destinados, en principio, a un uso personal. Si las circunstancias exigen la utilización de un equipo individual por varias personas, deberán tomarse medidas apropiadas para que dicha utilización no cause ningún problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.

  7. El personal y personal asociado de la ONU se encuentra protegido por la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y del Personal Asociado, aprobada el día 9 de diciembre de 1994 por la Asamblea General de la ONU.