Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 1535 del Código Civil. Código Civil. Vendiéndose un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho.

  2. Artículo 1535 del Código Civil Código Civil Federal Cerrado y autorizado el testamento, se entregará al testador, y el Notario pondrá razón en el protocolo del lugar, hora, día, mes y año en que el testamento fue autorizado y entregado.

  3. 14 de may. de 2018 · El art. 1535 , Código Civil establece: “ Vendiéndose un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho.

  4. Ex. art. 1535 Cciv “…. Vendiéndose un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho.

  5. 2 de jun. de 2018 · El artículo 1535 CC establece que: “ Vendiéndose un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho.

  6. 13 de mar. de 2018 · No se precisa ninguna forma especial, siendo válidas y eficaces todas las admitidas en derecho, incluida la verbal. Sin embargo no es necesario su consentimiento, ahora bien en caso de venta o cesión de crédito litigioso, el art. 1535 del Código Civi l concede al deudor el derecho de retracto.

  7. En estos términos la Sentencia del Tribunal Supremo nº 976/2008, de 31 de octubre, declaró que, a efectos del art. 1535 CC, se consideran créditos litigiosos: “aquellos que no pueden tener realidad sin una sentencia firme”. Ejercicio del derecho de retracto del crédito litigioso por parte del deudor