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  1. 23 de may. de 2024 · Artículo 1738. Indemnización. La indemnización comprende la pérdida o disminución del patrimonio de la víctima, el lucro cesante en el beneficio económico esperado de acuerdo a la probabilidad objetiva de su obtención y la pérdida de chances.

  2. ARTICULO 1738 .-. Indemnización. La indemnización comprende la pérdida o disminución del patrimonio de la ví­ctima, el lucro cesante en el beneficio económico esperado de acuerdo a la probabilidad objetiva de su obtención y la pérdida de chances. Incluye especialmente las con se.

  3. 19 de sept. de 2015 · ARTICULO 1738.- Indemnización. La indemnización comprende la pérdida o disminución del patrimonio de la víctima, el lucro cesante en el beneficio económico esperado de acuerdo a la probabilidad objetiva de su obtención y la pérdida de chances.

  4. elegida y configura un daño moral, contemplada por la legislación vigente expresamente en “las interferencias al proyecto de vida” (art. 1738, Cód. Civ. y Com.). 3 . Si, como consecuencia de la deficiente información proporcionada a la progenitora, al momento de realizar

  5. El art. 1738 CC protege al representante cuando actúa desconociendo la extinción del poder y, en tal caso, afirma la continuidad de la relación representativa frente a los terceros de buena fe.

  6. 25 de ene. de 2018 · ARTICULO 1738.- Indemnización. La indemnización comprende la pérdida o disminución del patrimonio de la víctima, el lucro cesante en el beneficio económico esperado de acuerdo a la probabilidad objetiva de su obtención y la pérdida de chances.

  7. La interpretación doctrinal de los requisitos necesarios para la validez del negocio en el art. 1738 CC. La sólida inserción de la protección del tercero que confía de buena fe en la representación aparente en los principios generales del sistema. Tabla de jurisprudencia citada. Bibliografía.