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  1. El artículo 172 del Código Penal español hace referencia a las coacciones. Por norma general, este delito contra la libertad de las personas se castiga con pena de prisión de 6 meses a 3 años o con multa de 12 a 24 meses, en función de la gravedad de la coacción o de los medios empleados.

    • Artículo 172 Ter

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  2. Uso ilícito de instalaciones destinadas al tránsito aéreo, previsto en el artículo 172 Bis; III. Contra la salud, previsto en los artículos 194 y 195, párrafo primero;

  3. Artículo 172 del Código Penal. Cuando se cause algún daño por medio de cualquier vehículo, motor o maquinaria, además de aplicar las sanciones por el delito que resulte, se inhabilitará al delincuente para manejar aquellos aparatos, por un tiempo que no baje de un mes ni exceda de un año.

  4. Disposición derogatoria: De conformidad con el párrafo primero del artículo Cuarto Transitorio de la Ley Nacional de Ejecución Penal, publicada en el DOF 16-06-2016, “se derogan las normas contenidas en el Código Penal Federal y leyes especiales de la federación relativas a la remisión parcial de la pena, libertad

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  5. I.- El hecho se realice sin intervención de la voluntad del agente; II.- Se demuestre la inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción típica del delito de que se trate; III.- Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos:

  6. 13 de ene. de 2024 · Artículo 172 quáter introducido por el artículo único de la L.O. 4/2022, de 12 de abril, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo («B.O.E.» 13 abril).Vigencia: 14 abril 2022.

  7. Artículo 172. Cuando se cause algún daño por medio de cualquier vehículo, motor o maquinaria, además de aplicar las sanciones por el delito que resulte, se inhabilitará al delincuente para manejar aquellos aparatos, por un tiempo que no baje de un mes ni exceda de un año. En caso de reincidencia, la inhabilitación será definitiva.

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