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  1. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. El Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información y ...

  2. Artículo 6o.-. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.

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  3. Mientras que el artículo 6 protege el derecho de los individuos a expresarse libremente, el artículo 7 asegura su derecho a informarse y recibir información de interés público. Esta complementariedad es esencial para fortalecer la democracia y el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos.

  4. El artículo de la Constitución Mexicana complementa el artículo y establece la libertad de imprenta, es decir, la libertad de publicar cualquier tipo de información sin necesidad de autorización previa. Sin embargo, esta libertad está sujeta a la responsabilidad jurídica que establece la ley.

  5. económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres. El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas

  6. Art. 6o.-. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.