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  1. Constitución de 1823. La Constitución de 1823 fue realizada por Juan Egaña Risco, quien lideraba el Congreso Constituyente que promulgó el 29 de diciembre de 1823 la nueva carta fundamental.

  2. Constitución Política del Estado de Chile. Promulgada el 29 de diciembre de 1823, durante el gobierno del Director Supremo Ramón Freire. Suspendida su aplicación en julio de 1824, rigió formalmente hasta el 10 de enero de 1825, cuando fue declarada insubsistente.

  3. La Constitución de 1833, que regirá hasta el año 1925, da inicio al periodo de los gobiernos conservadores. Así, se inaugura un período de mayor estabilidad política y constitucional, bajo la hegemonía social y política de la oligarquía chilena.

  4. ARTICULO PRIMERO. El Estado de Chile es uno e indivisible; la representación nacional es solidariamente por toda la República. ART. 2.o Chile es Nación independiente de la Monarquía española y de cualquier otra potencia. ART. 3.o La soberanía reside esencialmente en la Nación, y el ejercicio de ella en sus representantes.

  5. La Constitución Política y Permanente del Estado de Chile de 1823 fue el texto constitucional aprobado por el Congreso Constituyente electo en dicho año, presidido por Juan Egaña. Como primer acto de este Congreso destaca la designación de Ramón Freire como Director Supremo.

  6. Biblioteca Nacional de Chile. Constitución Política del Estado de Chile: promulgada en 29 de diciembre de 1823. Recursos; Metadatos

  7. Constitución política del Estado de Chile : promulgada el 29 de diciembre de 1823. Título I. De la Nación chilena y de los chilenos. Título II. De los ciudadanos activos. Título III. Del Poder Ejecutivo. Título IV. De los Ministros de Estado. Título V. Del Consejo de Estado. Título VI. Del Senado. Título VII.