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  1. Reglamento del Decreto Legislativo1362. Documento de Gestión. 6 de febrero de 2019. Reglamento del Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Documentos.

  2. 30 de oct. de 2018 · Apruébase el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el cual consta de siete (07) títulos, ciento cuarenta y siete (147) artículos, doce (12) disposiciones complementarias finales y tres (03 ...

  3. Decreto Legislativo N1362. 23 de julio de 2018. Decreto Legislativo que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos.

  4. 23 de ago. de 2023 · Perú. 2023-08-23. Mediante el Decreto Supremo No. 182-2023-EF, publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 23 de agosto de 2023 (en adelante, el “DS 182”), se han realizado cambios al Reglamento del Decreto Legislativo No. 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público ...

  5. Aprueban Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos - DECRETO SUPREMO - N° 195-2023-EF - ECONOMIA Y FINANZAS. PDF. Cuadernillo. Fecha de publicación: 10/09/2023.

  6. Decreto Supremo N.° 240-2018-EF. 30 de octubre de 2018. Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Esta norma pertenece al compendio Marco Institucional de Osinergmin.

  7. Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos - DECRETO LEGISLATIVO - N° 1362 - PDF. HTML. Cuadernillo. Fecha de publicación: 23/07/2018. DECRETO LEGISLATIVO. Nº 1362. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. POR CUANTO: