Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Denominación reformada DOF 29-05-2000 (antes “Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal” ) Disposiciones Preliminares

  2. Código Civil Federal. Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte. La herencia se defiere por la voluntad del testador o por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria, y la segunda legítima.

  3. Te explicamos el artículo 1289 del Código Civil Federal de México que hace referencia al derecho de los herederos a la masa hereditaria.

  4. Te explicamos el artículo 1289 del Código Civil que aclara qué pasará cuando sea absolutamente imposible resolver las dudas establecidas.

  5. 16 de sept. de 2021 · Ante semejante eventualidad el art. 1289 obliga a distinguir según las dudas recaigan sobre “circunstancias accidentales del contrato” (párrafo 1) o sobre “el objeto principal del contrato” (párrafo 2); pues en el primer caso, la consecuencia normativa es una manifestación más del principio de conservación del contrato ...

  6. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Título Primero - Disposiciones Preliminares (Artículo 1281 - Artículo 1294) Título Segundo - De la Sucesión por Testamento (Capítulo I - Capítulo IX)

  7. C ódigo Civil Federal > Libro Tercero: Las Sucesiones > Título I: Disposiciones Preliminares Artículo 1281.- Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.