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  1. Definición RAE de «de facto» según el Diccionario de la lengua española: 1. loc. adj. de hecho (‖ que no se ajusta a una norma previa). U. t. c. loc. adv.

    • De Facto

      de facto. Int. púb. Dicho de una situación: Que existe de...

  2. de facto. 1. Loc. lat. (pron. [de-fákto]) que significa literalmente 'de hecho', esto es, 'sin reconocimiento jurídico, por la sola fuerza de los hechos': «Solo muchos años después, cuando Masako gobernó de facto al Japón (1220-1225), la hermana menor se dio cuenta de lo que había perdido» (Paz Sombras [Méx. 1983]).

  3. FundéuRAE es una fundación patrocinada por la Agencia Efe y la Real Academia Española, cuyo objetivo es colaborar con el buen uso del español en los medios de comunicación y en Internet. Palabras Clave: de facto. Otras categorías.

  4. El adverbio y preposición latina de separación en el espacio, que significa "hacia abajo, fuera de, lejos de", y figurativamente "con respecto a, por razón de, según"; proviene de la raíz demostrativa PIE *de-(ver to).

  5. Definición de «defacto» en el Tesoro de los diccionarios históricos de la lengua española:

  6. Un estándar de facto es el que, sin tener el respaldo formal de una autoridad institucional o un organismo de normalización, es ampliamente empleado en su campo, ya sea comercio, tecnología, informática o cualquier otro.