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  1. El Estatuto Real fue promulgado en España el 10 de abril de 1834 por la regente María Cristina de Borbón a modo de carta otorgada, como la que rigió en Francia la Monarquía de Luis XVIII, por la que se creaban unas nuevas Cortes a medio camino entre las Cortes estamentales y las modernas, ya que estaban integradas por un Estamento de ...

  2. El Estatuto Real significó el fin definitivo del Antiguo Régimen en España e introdujo las instituciones y mecanismos parlamentarios que existían en los Estados europeos políticamente más avanzados de aquel tiempo.

  3. Características del Estatuto Real de 1834. El Estatuto Real de 1834 es consecuencia de la confusa situación que vive España tras la muerte de Fernando VII, en la que por una parte, el país está inmerso en una guerra civil provocada por los que desean que el sistema político sea de monarquía absolutista, por otra parte, un sector amplio ...

  4. ESTATUTO REAL DE 1834 (Las disposiciones referentes al Estamento de Próceres y próceres se encuentran en el Título II y artº 42 y 49) TÍTULO I . DE LA CONVOCACIÓN DE LAS CORTES GENERALES DEL REINO . Artículo 1. Con arreglo a lo que previene la ley 5ª, título XV, parte 2ª, y las leyes 1ª y 2ª, título VII, libro VI,

  5. El Estatuto Real fue promulgado en España el 10 de abril de 1834 por la regente María Cristina de Borbón a modo de carta otorgada, como la que rigió en Francia la Monarquía de Luis XVIII, por la que se creaban unas nuevas Cortes a medio camino entre las Cortes estamentales y las modernas, ya que estaban integradas por un Estamento de Próceres, c...

  6. De los propietarios territoriales o dueños de fábricas, manufacturas o establecimientos mercantiles que reúnan a su mérito personal y a sus circunstancias relevantes el poseer una renta anual de 60.000 reales y el haber sido anteriormente Procuradores del Reino.

  7. Estatuto Real de 1834. (10 de abril de 1834) Título I. De la convocación de las Cortes Generales del Reino. Título II. El Estamento de Próceres del Reino. Título III. Del Estamento de Procuradores del Reino. Título IV. De la reunión del Estamento de Procuradores del Reino. Título V. Disposiciones generales.