Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 1271 del Código Civil. Código Civil. Pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no están fuera del comercio de los hombres, aun las futuras. Sobre la herencia futura no se podrá, sin embargo, celebrar otros contratos que aquéllos cuyo objeto sea practicar entre vivos la división de un caudal y otras disposiciones ...

  2. 5 de may. de 2024 · CCF Artículo 1271 Federal de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1271. (Se deroga). Federal de México Artículo 1271 Código Civil Federal. Artículo 1o ... 1269 1270 1271 1272 1273 ... 3074. Ver el artículo. Agregar un comentario. Los nuevos comentarios en el sitio web.

  3. Explicación sencilla. Esta cita, tomada del artículo 1271 del Código Civil, nos dice que todas las cosas, incluso las cosas futuras, pueden ser objeto de un contrato, siempre y cuando no estén fuera del alcance del comercio de los humanos.

  4. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  5. Art. 1271 del Código Civil: «El deudor será condenado al pago de los daños y perjuicios, tanto por inejecución de la obligación como por retardo en la ejecución, si no prueba que la inejecución o el retardo provienen de una causa extraña que no le sea imputable, aunque de su parte no haya habido mala fe.

  6. 27 de jun. de 2019 · Nuestro Código Civil limita el objeto del contrato en su artículo 1.271, excluyendo la herencia futura, tras disponer que pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no estén fuera del comercio de los hombres.

  7. Artículo 1271. Pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no están fuera del comercio de los hombres, aun las futuras. Sobre la herencia futura no se podrá, sin embargo, celebrar otros contratos que aquéllos cuyo objeto sea practicar entre vivos la división de un caudal y otras disposiciones particionales, conforme a lo dispuesto en ...