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  1. En este apartado analizaremos las teorías de la posesión relativas al concepto y a la naturaleza jurídica. No obstante, un análisis más amplio y detallado so-bre el derecho civil mexicano será publicado a la terminación del proyecto y en mi libro La posesión. Origen y desarrollo en el derecho romano, que está en proceso de corrección.

  2. La posesión es un título jurídico fundamental en el ámbito del derecho civil, ya que permite a las personas proteger sus derechos y bienes en caso de conflicto con terceros. La posesión puede utilizarse para defender la titularidad de un bien o derecho y evitar la usurpación o invasión de terceros.

  3. La posesión puede definirse como una relación o estado de hecho, que confiere a una persona el poder exclusivo de retener una cosa para ejecutar actos materiales de aprovechamiento, animus domini o como consecuencia de un derecho real o personal, o sin derecho alguno.

  4. Posesión es el poder de hecho que una persona tiene sobre un bien o derecho y realiza actos materiales que manifiestan las facultades inherentes a ese bien o derecho.

  5. Posesión. [DCiv] Poder de una persona sobre una cosa o cosas. La posesión requiere dos elementos: el corpus, o exte- riorización de dicho poder sobre la cosa, aunque no consista en su efectiva tenencia física, y el animus, o intención de poseer la cosa.

  6. historico.juridicas.unam.mx › publica › librevPosesión - UNAM

    Es pues necesario distinguir a la posesión fundada en un hecho jurídico, de la facultad subjetiva para poseer que se tiene como consecuencia de un derecho objetivo.

  7. la-posesion-concepto-y-naturaleza-juridica.pdf (921.5Kb) . Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas.

  8. La posesión es el poder de hecho que una persona tiene sobre un bien o sobre un derecho y realiza actos materiales que manifiestan las facultades que ese bien o derecho confieren.

  9. La posesión da al que la tiene, la presunción de propietario para todos los efectos legales. El que posee en virtud de un derecho personal, o de un derecho real distinto de la propiedad, no se presume propietario; pero si es poseedor de buena fe tiene a su favor la presunción de haber obtenido la posesión del dueño de la cosa o derecho poseído.

  10. ru.juridicas.unam.mx › xmlui › handleLa posesión - UNAM

    Un estudio jurídico sobre la posesión, sus elementos, efectos y modalidades, con referencia al derecho mexicano y comparado.