Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 1505 del Código Civil. Respecto de los bienes muebles, la resolución de la venta tendrá lugar de pleno derecho, en interés del vendedor, cuando el comprador, antes de vencer el término fijado para la entrega de la cosa, no se haya presentado a recibirla, o, presentándose, no haya ofrecido al mismo tiempo el precio, salvo que ...

  2. Explicación sencilla. Esta cita del artículo 1505 del Código Civil se refiere a la resolución de la venta de bienes muebles. Establece que si el comprador no se presenta a recibir la cosa antes de que venza el plazo acordado para su entrega, o si se presenta pero no ofrece el precio al mismo tiempo, el vendedor tiene el derecho de resolver ...

  3. Artículo 1505. Respecto de los bienes muebles, la resolución de la venta tendrá lugar de pleno derecho, en interés del vendedor, cuando el comprador, antes de vencer el término fijado para la entrega de la cosa, no se haya presentado a recibirla, o, presentándose, no haya ofrecido al mismo tiempo el precio, salvo que para el pago de éste se hubiese pactado mayor dilación.

  4. La regulación está contenida fundamentalmente en los arts. 1500 a 1505 del Código Civil (CC). Son las siguientes: 1.- Pago del precio. No hay compraventa si no hay cosa o no hay precio, ambos son elementos objetivos necesarios. Véase Objeto y precio en el contrato de compraventa. Dispone el art. 1500, CC que:

  5. Sublema de acción 3. Civ. Acción que pretende resolver la compraventa de un bien mueble, por incumplimiento de la parte contraria, cuando el comprador, antes del término para entrega de la cosa, no se presenta o presentándose no ofrece el pago del precio. CC, art. 1505 .

  6. 21 de oct. de 2010 · - Las disposiciones del art. 1505 CC se establecen en interés del vendedor, como reza el propio artículo, a diferencia de las del art. 1504 CC, que benefician al comprador.

  7. tiene en cuenta el art.1505 CC, deberá asumir también el deber de presentarse a recibir la cosa antes de vencer el término fijado para le entrega de la misma. 10 2.2 PAGO DEL PRECIO A pesar de ser entendida como la obligación principal del comprador, el CCom. le dedica