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  1. Artículo 1535 del Código Civil. Vendiéndose un crédito litigioso, el deudor tendrá derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho. Se tendrá por litigioso un crédito desde que se conteste a la demanda ...

  2. Todas las normas están actualizadas. Consultar las normas consolidadas contenidas en este código, que comprenden todas sus redacciones, desde el texto original hasta la versión vigente: CóDIGO CIVIL. Código Civil. DERECHO DE LA PERSONA. Ley del Registro Civil. Ley sobre extracción y trasplante de órganos. Ley Orgánica del derecho al ...

  3. 20 de mar. de 2013 · La regulación de la cesión de créditos se encuentra en el art. 1526 y ss del CC, la cual es utilizada tanto para contratos mercantiles como civiles. Algunas de las características más relevantes son, por ejemplo: “ el deudor, que antes de tener conocimiento de la cesión satisfaga al acreedor quedará libre de la obligación ” tal como se ve en el art. 1527 CC.

  4. Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo. Se modifica por el art.1.1 de la Ley 15/2005, de 8 de julio.

  5. 29 de sept. de 2022 · Por su parte, la STS de 30/09/2015 afirma que la comunicación de la cesión tiene la finalidad de impedir que se produzca la liberación contemplada por el art. 1527 CC, esto es, la liberación por haber hecho pago al originario acreedor antes de tener conocimiento de la cesión (STS de 11/03/2008) y tiene el alcance de obligar al deudor con el nuevo acreedor (STS de 28/05/2004, entre otras).

  6. Artículo 1210 del Código Civil. Se presumirá que hay subrogación: 1.º Cuando un acreedor pague a otro acreedor preferente. 2.º Cuando un tercero, no interesado en la obligación, pague con aprobación expresa o tácita del deudor. 3.º Cuando pague el que tenga interés en el cumplimiento de la obligación, salvos los efectos de la ...

  7. 17 de jun. de 2023 · Y esto solo puede salvarse si se interpreta que dicha cláusula priva al deudor del efecto liberatorio del pago realizado al cedente ignorando la cesión o de la facultad de compensar créditos que le reconocen los arts. 1527 CC y 1198 CC, es decir, si se hacen descansar sobre el deudor los perjuicios que para el cesionario supondría declarar extinta la obligación.