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  1. 5 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1611. Concurriendo hijos con ascendientes, éstos sólo tendrán derecho a alimentos, que en ningún caso pueden exceder de la porción de uno de los hijos.

  2. 6 de may. de 2024 · Código Civil. Artículo 1611. Requisitos de la promesa. La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna, salvo que concurran las circunstancias siguientes: 1a.) Que la promesa conste por escrito. 2a.)

  3. 24 de abr. de 2024 · Código Civil Artículo 1611 Estado de Colima. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024. Código Civil Colima. Artículo 1611. El albacea no puede transigir ni comprometer en árbitros los negocios de la herencia, sino con el consentimiento de los herederos. Estado de Colima Artículo 1611 Código Civil.

  4. 4 de may. de 2024 · Es fundamental conocer la clasificación de las personas jurídicas según el Código Civil, ya que determina las obligaciones y derechos que cada tipo de entidad posee. Asimismo, esta clasificación ayuda a establecer la naturaleza jurídica de cada persona y regula su funcionamiento dentro del marco legal correspondiente.

  5. 4 de may. de 2024 · El Código Civil establece las bases para distinguir entre distintos tipos de entidades con personalidad jurídica, otorgándoles derechos y obligaciones específicas. Es fundamental comprender las diferencias entre las personas físicas y las personas morales, ya que cada una tiene implicaciones legales distintas.

  6. 6 de may. de 2024 · Código Civil. Artículo 1611. Se efectúa la subrogación en virtud de una convención del acreedor; cuando éste, recibiendo de un tercero el pago de la deuda, le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que le corresponden como tal acreedor: la subrogación en este caso está sujeta a la regla de la cesión de ...

  7. Hace 1 día · La legislación española, específicamente los artículos 53 y 54 de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, así como el artículo 1611 del Código Civil, ofrecen el marco legal bajo el cual se regula este derecho. Temporalidad: Se concede por un tiempo definido, generalmente no superior a 99 años.