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  1. Artículo 1679 del Código Civil. Código Civil Federal. No podrá ser albacea el que no tenga la libre disposición de sus bienes. La mujer casada, mayor de edad, podrá serlo sin la autorización de su esposo. art 1679 cc.

  2. art 1679 cc. El artículo 1679 del Código Civil se encuentra en el título dedicado a la sociedad civil: Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título VIII: De la sociedad. Capítulo II: De las obligaciones de los socios. Sección I: De las obligaciones de los socios entre sí. Artículo 1679; Artículo 1680; Artículo 1681 ...

  3. Código Civil Federal. › Libro Tercero - De las Sucesiones. › Título Quinto - Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima. › Capítulo IV - De los Albaceas. › Artículos 1679 al 1749. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1679. Artículo 1680. Artículo 1681. Artículo 1682. Artículo 1683.

  4. Artículo 1679 del Código Civil. La sociedad comienza desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa. art 1679 cc. Explicación sencilla. Esta cita, tomada del artículo 1679 del Código Civil, hace referencia a la formación de la sociedad a través de un contrato.

  5. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15-04-2024. Código Civil. Artículo 1679. En el hecho o culpa del deudor se comprende el hecho o culpa de las personas por quienes fuere responsable. Chile Art. 1679 CC.

  6. Código Civil Federal› Libro Tercero - De las Sucesiones. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF.

  7. 12 de ene. de 2021 · Aquí podrá ver el artículo 1679 del Código Civil Español Actualizado. También conocido por su abreviatura Art.1679 CC