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  1. art 1750 cc. El artículo 1750 está recogido en el Código Civil español y hace referencia a la reclamación de la cosa por parte del comodante si no hay pacto de duración del comodato. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título X: Del préstamo. Capítulo I: Del comodato. Sección III: De las obligaciones del ...

  2. Código Civil Federal. › Libro Tercero - De las Sucesiones. › Título Quinto - Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima. › Capítulo V - Del Inventario y de la Liquidación de la Herencia. › Artículos 1750 al 1766. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1750. Artículo 1751. Artículo 1752.

  3. 27 de mar. de 2024 · Dispositivo dell'art. 1750 Codice Civile. (1) Il contratto di agenzia a tempo determinato che continui ad essere eseguito dalle parti successivamente alla scadenza del termine si trasforma in contratto a tempo indeterminato. Se il contratto di agenzia è a tempo indeterminato, ciascuna delle parti può recedere (2) dal contratto stesso dandone ...

    • Actúan
    • Exponen
    • Pactan

    Ambas partes en su propio nombre y derecho teniendo capacidad para ello/ En representación de…………..autorizado mediante Poder.

    I.-Que Don/Doña es legítimo/a propietario/a del piso ...., sito en la ciudad de ......., calle/Avda/Pza. , nº..... y con referencia catastral ..... II.-Que Don/Doña y Don/Doña ( en adelante, EL/LA PRECARISTA) mantienen desde hace años una estrecha relación de amistad….( o cualquier motivo que sea causa del contrato) III.-Que Don/Doña  (en adelante...

    PRIMERO.- OBJETO. LA PROPIEDAD gratuitamente cede al PRECARISTA el uso de la vivienda reseñada en el anterior apartado I (en adelante, LA VIVIENDA), para que EL/LA PRECARISTA y su familia puedan usarla como vivienda. SEGUNDO.- ESTADO DE LA VIVIENDA. EL/LA PRECARISTA recibe LA VIVIENDA en perfecto estado para cubrir las necesidades de vivienda de él...

  4. Cierto que el art. 1750 CC, arrastrando el origen romanista del término recoge como definición de precario “aquel contrato de comodato en el que no se ha fijado plazo para la devolución de la cosa y que puede extinguirse a voluntad del cedente”, pero, como es de ver, no termina de darse una definición especialmente clara.

  5. Artículo 1750. Si no se pactó la duración del comodato ni el uso a que había de destinarse la cosa prestada, y éste no resulta determinado por la costumbre de la tierra, puede el comodante reclamarla a su voluntad. En caso de duda, incumbe la prueba al comodatario.

  6. Concepto de precario y sus requisitos. Ha sido la Jurisprudencia la que ha elaborado fundamentalmente la doctrina del precario, sea con base al art. 444 del Código Civil (CC) (poseedor sin título) o con base al art. 1750, CC (especie de comodato ).