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  1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 10-02-2014 3 de 259 IV. Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad.

  2. Política de México. El sello de México puede usarse por cualquier tipo de autoridad federal, estatal o municipal en el país. El sistema de gobierno de los Estados Unidos Mexicanos es de una república representativa, democrática, federal y laica. Su máxima ley es su carta magna, la Constitución Política y de acuerdo a ella la soberanía ...

  3. El Congreso Constituyente de México de 1917 fue el órgano electo para redactar una nueva constitución para México, estuvo en funciones del 1 de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917, y su sede fue el Gran Teatro Iturbide (Hoy Teatro de la República) de la ciudad de Santiago de Querétaro, Querétaro. El 5 de febrero de 1917 se promulgó ...

  4. Pueblos indígenas de México. Población indígena por municipio en México según el CDI. 11,800,427 en total (toda la población en viviendas donde la jefa o jefe, su cónyuge o alguno de los ascendientes de éstos, declararon hablar alguna lengua indígena.) Náhuatl, maya, mixteco, y otros 59 idiomas indígenas, también incluye Español.

  5. La Constitución Política del Estado de Hidalgo es el ordenamiento jurídico que establece la integración del Estado de Hidalgo al pacto federal de los Estados Unidos Mexicanos y legitima los poderes estatales. Reconoce que el estado es democrático, republicano, representativo, popular y participativo y está formado por 84 municipios ...

  6. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 22-03-2024 4 de 363 como apoyar la nutrición de los indígenas mediante programas de alimentación, en especial para la población infantil. IV.

  7. De los recursos de reclamación previstos en el artículo 104 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y IX. Las demás que expresamente les encomiende la ley o los acuerdos generales emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcionando en Pleno o las Salas de la misma.