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  1. El seguro de vida o seguro sobre la vida es un seguro que cubre el riesgo de muerte, supervivencia e incapacidad. El seguro de vida cubre los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad o salud de las personas. Para que el seguro sea efectivo debe formalizarse un contrato de seguro. 1 2 . Representación de la muerte en la Catedral ...

  2. EL CONTRATO DE SEGURO: DEFINICIÓN, CARACTERÍSTICAS Y ELEMENTOS PERSONALES Y FORMALES Contenidos Unidad 1. El contrato de seguro Los contratos en general Definición y características del contrato de seguro La perfección del contrato de seguro Deberes y derechos de las partes. Concepto genérico Prescripción de las acciones 2. Elementos personales del seguro Asegurador Tomador Asegurado…

  3. Contrato de adhesión. Contrato de adhesión o contrato por iguales es aquel contrato que se redacta por una sola de las partes y el aceptante simplemente se adhiere o no al mismo, aceptando o rechazando el contrato en su integridad. Se lo suele llamar "contrato de adhesión" confundiendo el tipo de contrato con la forma de celebración.

  4. El seguro contra incendios es un tipo de seguro que provee protección contra pérdidas causadas por incendios, rayos, y los bienes en instalaciones bajo riesgo de incendio. La compañía aseguradora acepta, mediante el pago de una tarifa, reembolsar al asegurado en caso de que ocurra un incendio. La póliza estándar limita la cobertura al ...

  5. El contrato de seguro es el acuerdo por el cual el asegurador, se obliga a resarcir de un daño o a pagar una suma de dinero a la otra parte, tomador, al verificarse la eventualidad prevista en el contrato, a cambio del pago de un precio, denominado prima, por el tomador. El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición ...

  6. En el contrato de seguro pueden intervenir las siguientes figuras: El asegurador: la compañía de seguros que asume el riesgo al que se refiere el contrato. Este riesgo puede ser material, cuando se aseguran entre otros, vehículos o viviendas. Y personal, por ejemplo, cuando tratamos con seguros de vida o de accidentes personales.

  7. Artículo 1°.- Por el contrato de seguro, la empresa aseguradora se obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato. Colombia. En Colombia el contrato de seguro se regula de forma amplia en el Código de Comercio además de en numerosas financieras posteriores ...