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  1. Artículo 30. Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización. 1 . A) Son mexicanos por nacimiento: I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres. II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano; III ...

  2. La nacionalidad por ascendencia ahora se otorga a un niño cuyo padre o madre es un ciudadano argelino. Las reformas de 2005 otorgan a mujeres y hombres los mismos derechos para transmitir la nacionalidad a sus hijos y cónyuges. El Código revisado es retroactivo.

  3. Nacionalidad canadiense. La nacionalidad o ciudadanía canadiense es el vínculo entre las personas físicas o morales originarias de Canadá a todos los derechos y prerrogativas asociados a esta nacionalidad . La nacionalidad canadiense se obtiene habitualmente por nacimiento en Canadá, nacimiento en el extranjero cuando al menos uno de los ...

  4. Esta categoría incluye las siguientes 200 subcategorías, de un total de 232: (página anterior) ( página siguiente) Categorías de personas por nacionalidad ‎ (92 cat) Personas asociadas a crímenes por nacionalidad ‎ (1 cat) Personas por continente y nacionalidad ‎ (5 cat) Personas por estatus y nacionalidad ‎ (1 cat) Personas por ...

  5. Nacionalidad francesa. La nacionalidad francesa es el vínculo jurídico que liga a una persona física con la República Francesa. De este lazo derivan obligaciones que deben asumir las personas que poseen la calidad de franceses, en contraparte de las cuales se confieren diversos derechos políticos, civiles y profesionales, así como ...

  6. Nacionalidad dominicana. La nacionalidad dominicana es el vínculo jurídico que liga a una persona física con el Estado dominicano 1 y que le atribuye la condición de ciudadano. 2 Es tanto un derecho fundamental como el estatuto jurídico de las personas.

  7. Pasaporte japonés. La nacionalidad japonesa es una designación legal y un conjunto de derechos otorgados a aquellas personas que han cumplido con los criterios de ciudadanía por paternidad o por naturalización. La nacionalidad está bajo la jurisdicción del Ministro de Justicia y generalmente se rige por la Ley de Nacionalidad de 1950.

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