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  1. 24 de jun. de 2021 · Por: Carmen Mendoza. Consultora Fiscal de IDC. El artículo 6o. de la LIVA, dispone que aquellos contribuyentes que de la determinación de su pago definitivo obtengan un saldo a favor, pueden acreditarlo contra el impuesto a su cargo en los meses siguientes hasta agotarlo, o solicitar su devolución.

  2. 13 de abr. de 2022 · En caso de contar con saldo a favor, lo que tienes que hacer es ingresar a la página del SAT y buscar la sección de 'trámites'. Enseguida selecciona la pestaña de 'Devoluciones y...

  3. de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución. Cuando se solicite la devolución deberá ser sobre el total del saldo a favor. Los saldos cuya devolución se solicite no podrán acreditarse en

  4. 2 de dic. de 2020 · Si bien el artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Ley del IVA) no contempla un plazo perentorio para que los contribuyentes puedan acreditar los saldos a favor del IVA, pues éste sólo señala que el contribuyente podrá acreditar el saldo a su favor contra el IVA a su cargo que le corresponda en los meses ...

  5. Artículo 6o Acreditamiento, devolución o compensación de saldos a favor. Cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución.

  6. Acreditamiento del saldo a favor de IVA de periodos anteriores En el renglón de Impuesto Pagado (IVA acreditable por sus compras y/o gastos), debes sumar al IVA pagado en tus compras y gastos del mes, el saldo a favor de IVA de periodos anteriores que se aplica la declaración del mes que estás presentando. Puntos Básicos

  7. 19 de mar. de 2024 · Sin embargo, una de las opciones que tienen los contribuyentes para recuperar su saldo a favor es el acreditamiento del impuesto contra periodos posteriores. Situación de la plataforma del SAT