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  1. Actualizado el 1 marzo 2020. Un acreedor es una persona, física o jurídica, que ha entregado un crédito o un bien material a otra persona (deudor) y espera recibir un pago a cambio. El acreedor tiene derecho a exigir el pago o la obligación acordada en la fecha previamente fijada.

  2. 29 de dic. de 2022 · Un acreedor es una persona natural o jurídica con la que alguien sostiene una deuda. Es decir, se trata de una entidad facultada para exigir el pago de una deuda o el cumplimiento de una obligación, independientemente de si la parte deudora tiene los recursos para satisfacer esta demanda.

  3. 4 de jul. de 2022 · Un acreedor es una persona, física o jurídica, que ha otorgado un crédito o ha prestado dinero a otra parte, y que pretende recibirlo de vuelta en el futuro. La parte a la que se le ha otorgado el crédito se le llama deudor.

  4. 1. adj. Que tiene mérito para obtener algo. Sin.: merecedor, digno. 2. adj. Que tiene derecho a que se le satisfaga una deuda. U. m. c. s. 3. adj. Que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación. U. m. c. s. Sin.: demandante, reclamante, solicitante. concurso de acreedores. cuenta acreedora.

  5. El acreedor es la persona o entidad que tiene derecho a recibir el pago de una deuda. En el ámbito jurídico, el acreedor puede ser una persona física, una empresa o una institución financiera. El acreedor tiene el derecho de exigir el cumplimiento de la obligación de pago por parte del deudor.

  6. Derecho Civil. Un acreedor es una persona u organización a quien se le debe dinero o cualquier otro tipo de obligación financiera. En otras palabras, es aquel que ha proporcionado fondos, bienes o servicios a otra organización o persona y tiene el derecho legal de recibir la devolución o compensación acordada por la otra parte que es el ...

  7. El acreedor es aquella persona que tiene derecho a exigir el cumplimiento de una obligación al deudor. Hay diferentes tipos de acreedores, que pueden ser personas físicas o jurídicas. La figura del acreedor está regulada por el Código Civil.

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