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  1. 6 de may. de 2024 · Código de Comercio Artículo 1127. Definición de seguro de responsabilidad El seguro de responsabilidad impone a cargo del asegurador la obligación de indemnizar los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado con motivo de determinada responsabilidad en que incurra de acuerdo con la ley y tiene como propósito el resarcimiento de la víctima, la cual, en tal virtud, se constituye en el ...

  2. 1 de may. de 2024 · Código de Comercio Federal Artículo 1117. El que promueva la declinatoria deberá hacerlo dentro del término señalado para contestar la demanda que se contará a partir del día siguiente del emplazamiento. La declinatoria de jurisdicción se propondrá ante el Juez pidiéndole se abstenga del conocimiento del negocio.

  3. 5 de may. de 2024 · Art. 3o Código de Comercio Artículo 3o CCom, CDC, CCo Se reputan en derecho comerciantes: I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el co de la Federación

  4. 1 de may. de 2024 · Art. 127 C Cio Legislación para aportes en especie Decreto 410 de 1971 Código de Comercio Artículo 127 CCom, CDC, C Co Si el aporte es de cosas determinadas sólo por su género y cantidad, la obligaci&oacut

  5. 6 de may. de 2024 · Código de Comercio Artículo 543. Solución de conflictos. Cualquier dificultad que se suscite entre el asegurado, el contratante o el beneficiario, según corresponda, y el asegurador, sea en relación con la validez o ineficacia del contrato de seguro, o con motivo de la interpretación o aplicación de sus condiciones generales o particulares, su cumplimiento o incumplimiento, o sobre la ...

  6. 6 de may. de 2024 · Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal? Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000. Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil. Estaré atento a sus comentarios. Muchas gracias.

  7. 1 de may. de 2024 · Código de Comercio Federal Artículo 1179. Una vez ordenada la radicación de persona o practicada la retención de bienes, y en su caso, presentada la solicitud de inscripción de éste en el Registro Público correspondiente, se concederán tres días al afectado para que manifieste lo que a su derecho convenga.