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  1. Artículo 1494 del Código Civil. El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte. art 1494 cc.

  2. Artículo 1493; Artículo 1494; Artículo 1495; Artículo 1496; Artículo 1497; Artículo 1498; Colapsar Título Tercero - De la Forma de los Testamentos (Capítulo I - Capítulo VIII) Expandir Capítulo I - Disposiciones Generales (Artículo 1499 - Artículo 1510) Artículo 1499; Artículo 1500; Artículo 1501; Artículo 1502; Artículo 1503 ...

  3. 4 de jun. de 2022 · Código Civil. Artículo 1494. Fuente de las obligaciones. Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia ...

  4. Artículo 1493. La renuncia de la facultad de revocar el testamento es nula. Artículo 1494. El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte. Artículo 1495

  5. Artículo 1492.- Son nulas la renuncia del derecho de testar y la cláusula en que alguno se obligue a no usar de ese derecho, sino bajo ciertas condiciones, sean éstas de la clase que fueren. Artículo 1493.- La renuncia de la facultad de revocar el testamento es nula. Artículo 1494.-

  6. art 1494 cc. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título IV: Del contrato de compra y venta. Capítulo IV: De las obligaciones del vendedor. Sección III: Del saneamiento. 2.º Del saneamiento por los defectos o gravámenes ocultos de la cosa vendida. Artículo 1484; Artículo 1485; Artículo 1486; Artículo 1487 ...

  7. TERCERA PARTE. Consulta en línea el código civil federal vigente en los estados unidos mexicanos en su versión más actualizada, sólo en IUSPEDIA.