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  1. 5 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/02/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1494. El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte.

  2. 24 de abr. de 2024 · Artículo 1494. Tienen derecho a heredar por sucesión legítima, en el orden establecido por este Código: I. Los descendientes; II. El cónyuge supérstite o quien vivía con el autor de la herencia en la situación prevista por el artículo 1527 de este Código; III. Los ascendientes; IV. Los parientes colaterales hasta el cuarto grado; y, V.

  3. 4 de may. de 2024 · En primer lugar, se debe indicar el nombre completo del código, seguido por el número de la norma o artículo específico al que se hace referencia. Por ejemplo, si se cita un artículo del Código Civil Federal de México, se debe incluir el nombre completo del código y el número de artículo correspondiente.

  4. 4 de may. de 2024 · Las 4 especies o clases de obligaciones de dar: Todo lo que necesitas saber. Las obligaciones de dar son uno de los elementos fundamentales en el derecho civil. En el ámbito jurídico mexicano, existen cuatro especies o clases de obligaciones de dar, cada una con sus propias características y regulaciones específicas.

  5. 11 de may. de 2024 · Código Civil. Artículo 1495. Definicion de contrato o convencion. Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa.

  6. Hace 2 días · Código Civil Artículo 1496. El pago de la obligación no puede exigirse antes de expirar el plazo, si no es: 1º Al deudor que tenga dicha calidad en un procedimiento concursal de liquidación, o se encuentre en notoria insolvencia y no tenga la calidad de deudor en un procedimiento concursal de reorganización;

  7. 14 de may. de 2024 · Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1494. Resolución. Otras causales. El contrato de agencia se resuelve por: a) muerte o incapacidad del agente; b) disolución de la persona jurídica que celebra el contrato, que no deriva de fusión o escisión; c) quiebra firme de cualquiera de las partes; d) vencimiento del plazo;