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  1. Hace 6 días · Requisitos para obligarse. Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad, es necesario: 1o.) que sea legalmente capaz. 2o.) que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio. 3o.) que recaiga sobre un objeto lícito.

  2. Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad, es necesario: 1o.) que sea legalmente capaz. 2o.) que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio.

  3. ARTÍCULO 1502. <REQUISITOS PARA OBLIGARSE>. Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad, es necesario: 1o.) que sea legalmente capaz. 2o.) que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio. 3o.) que recaiga sobre un objeto lícito. 4o.) que tenga una causa lícita.

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    El artículo 1502 del código civil señala los requisitos para que una persona pueda obligarse, y es necesario que la persona consienta en dicho acto, declaración u obligación, y que ese consentimiento no adolezca de vicio. Los vicios de consentimiento pueden ser originados por error, fuerza o dolo. De configurarse cualquiera de ellos el consentimien...

    La sala civil de la Corte suprema de justicia en sentencia SC19730-2017 que: Es evidente que, si el consentimiento está viciado por alguna de sus clases o modalidades, el negocio jurídico será ineficaz.

    La ley señala las siguientes clases o modalidades del vicio de consentimiento. 1. Error. 2. Fuerza. 3. Dolo. Cada una de estas formas está regulada de forma específica por el código civil colombiano.

    Si el contrato fue firmado por una persona en el que su consentimiento fue viciado, el contrato queda viciado de nulidad y se puede recurrir a la justicia para que la declare. Respecto a la nulidad de los contratos dice el artículo 1740 del código civil: Es claro que el vicio de consentimiento conlleva la nulidad del contrato, ahora, ¿esa nulidad e...

    El vicio de consentimiento puede afectar a cualquier contrato, sea civil, comercial, laboral, administrativo, etc. Es un principio general de los contratos y de las obligaciones que debe ser observado.

  4. El Artículo 1502 del Código Civil Colombiano establece la responsabilidad del vendedor en la compraventa de bienes. En este sentido, el vendedor tiene la obligación de entregar los bienes vendidos en las condiciones pactadas en el contrato de compraventa.

  5. 21 de oct. de 2020 · El artículo 1502 del Código Civil Colombiano establece la capacidad, como aquel atributo de la personalidad que permite a las personas realizar ciertos actos jurídicos, y es uno de los requisitos para que una persona se obligue con otra.

  6. 29 de may. de 2016 · En el artículo 1502 del código civil encontramos que para una persona se obligue a si misma, es necesario que sea legalmente capaz, que consienta en dicho acto de manera libre y voluntaria, que recaiga sobre un objeto lícito y que finalmente, tenga una causa permitida por la ley.