Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 9 de nov. de 2017 · Artículo 159. - Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, transponen Directivas del PE y del Consejo - KNOWLEDGECAKE. BOE-A-2017-12902. Estado: VIGENTE. Fecha de Publicación: 2017/11/09. Rango: Ley. Departamento: Jefatura del Estado. Origen: Estatal. Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico. Url doc. Artículo 159.

  2. BOE-A-2017-12902 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

  3. Artículo 159. Procedimiento abierto simplificado. Vigente. Tiempo de lectura: 9 min. Comparativa de Versiones. Relacionados. 1. Los órganos de contratación podrán acordar la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios cuando se cumplan las dos condiciones siguientes:

  4. Conforme a lo establecido en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público se podrá utilizar el procedimiento abierto simplificado con singular tramitación (abreviado) para aquellos contratos de suministros cuyo valor estimado sea inferior a 35.000 euros.

  5. Ocultar / Mostrar comentarios Letra b) del número 1 del artículo 71 redactada por el número uno de la disposición final séptima de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y ...

  6. 22 de dic. de 2022 · De acuerdo con lo establecido en el artículo 159.6 de la LCSP, el primer punto que se debe abordar sobre el procedimiento abierto supersimplificado es lo referente a las cantidades estimadas que pueden ser objeto de licitación y sobre cuáles contratos recae.

  7. 24 de jul. de 2019 · El procedimiento abierto simplificado abreviado regulado en el artículo 159.6 LCSP es un procedimiento novedoso que presenta notables singularidades; una de ellas, es la ausencia de garantía definitiva.