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  1. El artículo 1597 Código Civil regula la acción directa del subcontratista contra el dueño de la obra. Se trata de un mecanismo de garantía muy utilizado durante la burbuja inmobiliaria, y que podría volver a salir a la palestra con el crecimiento actual del sector.

  2. Artículo 1597 del Código Civil. Código Civil Federal. Si el testamento fuere confiado a la guarda del Secretario de Legación, Cónsul o Vicecónsul, hará mención de esa circunstancia y dará recibo de la entrega. art 1597 cc.

  3. art 1597 cc. El artículo 1597 del Código Civil español se encuentra en el capítulo sobre el arrendamiento de obras y servicios. En concreto, este artículo hace referencia a las obras por ajuste o precio alzado. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título VI: Del contrato de arrendamiento

  4. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 3 de 316 Lo dispuesto en el presente artículo se observará cuando resultare aplicable el derecho de otra entidad de la Federación. Artículo 15.-

  5. 3 de abr. de 2018 · Así se establece en nuestro Código Civil, en concreto, en el artículo 1597: “Los que ponen su trabajo y materiales en una obra ajustada alzadamente por el contratista, no tienen acción contra el dueño de ella sino hasta la cantidad que esta adeude a aquél cuando se hace la reclamación”.

  6. 20 de feb. de 2020 · Esta posibilidad se recoge como una excepción al principio general de eficacia relativa de los contratos en el artículo 1597 del Código Civil, permitiendo así a “quienes ponen su trabajo y materiales en una obra ajustada alzadamente por el contratistaejercitar una acción contra el dueño de la obra “hasta la cantidad que ...

  7. 2 de ene. de 2024 · La acción directa del artículo 1597 del Código Civil, representa una herramienta vital para los subcontratistas y proveedores en el sector de la construcción. Permite reclamar pagos directamente del propietario de la obra, ofreciendo una capa adicional de seguridad en el complejo mundo de las relaciones contractuales en la construcción.