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  1. Artículo 1709 del Código Civil. Cuando el albacea sea también coheredero y su porción baste para garantizar, conforme a lo dispuesto en el artículo que precede, no estará obligado a prestar garantía especial, mientras que conserve sus derechos hereditarios.

  2. CÓDIGO CIVIL FEDERAL Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no

  3. Te explicamos el artículo 1709 del Código Civil españo, que hace referencia a las obligaciones del contrato de mandato.

  4. Artículo 1709 del Código Civil. Por el contrato de mandato se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra. art 1709 cc. Explicación sencilla.

  5. Código Civil Federal. › Libro Cuarto - De las Obligaciones. › Primera Parte - De las Obligaciones en General. › Título Primero - Fuentes de las Obligaciones. › Capítulo I - Contratos. › Artículos 1792 al 1859. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1792. Artículo 1793. Artículo 1794. Artículo 1795.

  6. Artículo 1709. Cuando el albacea sea también coheredero y su porción baste para garantizar, conforme a lo dispuesto en el artículo que precede, no estará obligado a prestar garantía especial, mientras que conserve sus derechos hereditarios.

  7. 19 de dic. de 2020 · El artículo 1709 del Código Civil dice: » Por el contrato de mandato se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra.» En un principio la obligación del mandatario es hacer algo por cuenta del mandante pero no en nombre de este.