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  1. 13 de ene. de 2024 · Artículo 152 redactado por el apartado tres del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).Vigencia: 3 marzo 2019 ...

  2. 13 de ene. de 2024 · Además de las penas señaladas se impondrá, en todo caso, la pena de inhabilitación absoluta de ocho a 12 años. Número 1 del artículo 174 redactado por el apartado sexagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 ...

  3. El delito de amenazas en el Código Penal Español, artículos 169, 170 y 171. En el Código Penal se recogen en los artículos 169, 170 y 171 donde se regulan las amenazas. Una persona comete delito de amenazas cuando anuncie o advierta a otra con causarle un daño a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado.

  4. El artículo 48 del Código Penal español hace referencia a las penas privativas del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos. Con la aplicación de este precepto, también se anula la posibilidad de acercarse o comunicarse con la víctima de un delito ( orden de alejamiento ). Así se garantiza la protección de ésta ...

  5. Concepto de Artículo 171 del Código Penal. Código Penal . El Artículo 171 del Código Penal es: 1. Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida.

  6. Artículo 71 del Código Penal. Código Penal. 1. En la determinación de la pena inferior en grado, los jueces o tribunales no quedarán limitados por las cuantías mínimas señaladas en la ley a cada clase de pena, sino que podrán reducirlas en la forma que resulte de la aplicación de la regla correspondiente. 2.

  7. El delito leve de vejaciones injustas viene regulado en el artículo 173.4 del Código Penal, y que literalmente dice: "Quien cause injuria o vejación injusta de carácter leve, cuando el ofendido fuera una de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, será castigado con la pena de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y ...