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  1. 2 de mar. de 2023 · El artículo 172 ter del Código Penal español hace referencia al delito de acoso de forma insistente y reiterada. Tras la actualización del 01/03/2023, con entrada en vigor el 02/03/2023 , se modifican los apartados 1 y 5 por la disposición final 2.2 de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero.

  2. 7 de nov. de 2017 · El art. 172 ter CP castiga las conductas consistentes en acechar o comunicarse con la víctima por cualquier medio, así como el uso indebido de datos personales y los daños en su patrimonio o la presión sobre las personas ligadas a la víctima.

  3. 17 de ene. de 2024 · El delito de acoso, regulado en el artículo 172 ter del Código Penal, busca proteger a las personas de conductas que vulneren su dignidad y afecten su bienestar. Conocer los elementos constitutivos, las modalidades y las consecuencias legales de este delito es fundamental para prevenirlo y abordarlo adecuadamente.

  4. 13 de ene. de 2024 · Artículo 172 ter. 1. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de esta forma, altere el normal desarrollo de su vida ...

  5. 7 de jul. de 2023 · El artículo 172 ter del Código Penal es fundamental en la lucha contra la trata de personas con fines de explotación sexual. Se destaca la importancia de analizar exhaustivamente su aplicación jurisprudencial, sus implicancias legales y las posibles mejoras necesarias para salvaguardar a las víctimas en mayor medida.

  6. 26 de sept. de 2022 · El delito de acoso (Artículo 172 Ter CP), - cuyo bien jurídico protegido es la libertad individual y el derecho a vivir tranquilo y sin zozobra, también en redes sociales-, castiga con la pena de prisión de tres meses a dos años o pena de multa de seis a veinticuatro meses al que acose a una persona llevando a cabo de forma ...

  7. 24 de nov. de 2022 · El acoso es un delito tipificado en el artículo 172 ter del Código Penal. Consiste en acosar a una persona realizando ciertas acciones, siempre que: Se haga de manera insistente y reiterada. No se tenga ningún tipo de autorización legítima para realizar los actos en cuestión.