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  1. Artículo 1563 del Código Civil. Código Civil Federal. El testamento ológrafo quedará sin efecto cuando el original o el duplicado, en su caso, estuvieren rotos, o el sobre que los cubre resultare abierto, o las firmas que los autoricen aparecieren borradas, raspadas o con enmendaduras, aun cuando el contenido del testamento no sea vicioso.

  2. El artículo 1563 del Código Civil español hace referencia a los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario. Este artículo establece que, por norma general, el arrendatario tendrá que responder por el deterioro o la pérdida de la cosa arrendada. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS.

  3. 14 de ago. de 2023 · ¿Qué es el artículo 1563 del Código Civil? El artículo 1563 del Código Civil es una norma que establece la obligación de los vendedores de garantizar la posesión pacífica de la cosa vendida y de responder por los vicios o defectos ocultos que tenga.

  4. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  5. Artículos 1653 al 1678 [Aceptación y Repudiación de la Herencia] ‹ Código Civil Federal | Justia México. Justia México Federales Códigos Código Civil Federal Libro Tercero - De las Sucesiones Título Quinto - Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima Capítulo III - De la Aceptación y de la Repudiación de la ...

  6. Cuando los militares o asimilados del ejército entren en campaña o se encuentren prisioneros de guerra. Artículo 1566. Para que en los casos enumerados en el artículo que precede pueda otorgarse testamento privado, es necesario que al testador no le sea posible hacer testamento ológrafo. Artículo 1567.

  7. mo lo declara el art. 1,563 del Código Civil. Por ejemplo; en un contrato gratuito, sin que resulte para el deudor uti­ tidad alguna de su cumplimiento. Algunos ejemplos harán más cbras y precisas las doctri. ~ nas expuestas. Si un indi,'iduo vende ó otro un edificio, y hay lugar á