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  1. art 162 lec. Te explicamos el artículo 162 de la Ley Enjuiciamiento Civil española, que hace referencia a los actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares.

  2. El art. 162.2 de la LEC establece que, si constando la correcta remisión de la notificación transcurrieran tres días sin que el destinatario (abogado) acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos.

    • Del lugar de las actuaciones judiciales. Artículo 129 Lugar de las actuaciones judiciales 1. Las actuaciones judiciales se realizarán en la sede de la Oficina judicial, salvo aquellas que por su naturaleza se deban practicar en otro lugar.
    • Del tiempo de las actuaciones judiciales. SECCIÓN 1. DE LOS DÍAS Y LAS HORAS HÁBILES. Artículo 130 Días y horas hábiles 1. Las actuaciones judiciales habrán de practicarse en días y horas hábiles.
    • De la inmediación, la publicidad y la lengua oficial. Artículo 137 Presencia judicial en declaraciones, pruebas y vistas 1. Los Jueces y los Magistrados miembros del tribunal que esté conociendo de un asunto presenciarán las declaraciones de las partes y de testigos, los careos, las exposiciones, explicaciones y respuestas que hayan de ofrecer los peritos, así como la crítica oral de su dictamen y cualquier otro acto de prueba que, conforme a lo dispuesto en esta Ley, deba llevarse a cabo contradictoria y públicamente.
    • De la fe pública judicial y de la documentación de las actuaciones. Artículo 145 Fe pública judicial 1. Corresponde al Letrado de la Administración de Justicia, con exclusividad y plenitud, el ejercicio de la fe pública judicial en las actuaciones procesales.
  3. art 162 lec. Explicación sencilla. El artículo 162 establece que las comunicaciones entre las oficinas judiciales, las partes y destinatarios se pueden realizar por medios electrónicos, telemáticos u otros similares.

  4. [Bloque 2: #preambulo] JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA. A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la sigu

  5. 13 de ene. de 2021 · Art.162 LEC – Artículo 162 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española. 1. Cuando las oficinas judiciales y las partes o los destinatarios de los actos de comunicación estén obligados a enviarlos y recibirlos por medios electrónicos, telemáticos, infotelecomunicaciones o de otra clase semejante, que permitan el envío y la ...

  6. Según se afirma en esta resolución judicial, el art. 162.2 LEC, al establecer que la notificación despliega plenos efectos a los tres días de haberse efectuado, aunque el interesado no haya accedido a su contenido, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva que garantiza el art. 24.1 CE.