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  1. Hace 6 días · Código Civil. Artículo 1558. Si no se puede imputar dolo al deudor, sólo es responsable de los perjuicios que se previeron o pudieron preverse al tiempo del contrato; pero si hay dolo, es responsable de todos los perjuicios que fueron una consecuencia inmediata o directa de no haberse cumplido la obligación o de haberse demorado ...

  2. Hace 3 días · Código Civil y Comercial Nacional Artículo 1758. Sujetos responsables. El dueño y el guardián son responsables concurrentes del daño causado por las cosas. Se considera guardián a quien ejerce, por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control de la cosa, o a quien obtiene un provecho de ella.

  3. Hace 3 días · Art. 1656 Código Civil y Comercial de la Nación Efectos. Revisión de los laudos arbitrales CCCN Artículo 1656 (CCC) - Legislación Argentina 2021. CCCN Artículo 1656 Nacional. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1656. Efectos.

  4. Hace 2 días · por Matias Oliva | Abr 5, 2021 | Deudas, Tercería. Art. 582. El dominio (que se llama también propiedad) es el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella arbitrariamente; no siendo contra la ley o contra derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad. Art. 582.

  5. Hace 4 días · Artículo 179. Prueba de oficio y a peticion de parte. <Artículo derogado por el literal c) del artículo 626 de la Ley 1564 de 2012.

  6. Hace 3 días · Código Civil Artículo 1654 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-05-2024. Código Civil. Artículo 1654. Hay remisión tácita cuando el acreedor entrega voluntariamente al deudor el título de la obligación, o lo destruye o cancela, con ánimo de extinguir la deuda.

  7. 1 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 2477. Requisitos. El testamento ológrafo debe ser íntegramente escrito con los caracteres propios del idioma en que es otorgado, fechado y firmado por la mano misma del testador.