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Artículo 1849 del Código Civil. Código Civil Federal. En el caso del artículo anterior, cada uno de los herederos responderá de la parte de la pena que le corresponda, en proporción a su cuota hereditaria. art 1849 cc.
31 de mar. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 31/03/2024. Código Civil. Artículo 1849. Concepto de compraventa. La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar.
Artículo 1849. En el caso del artículo anterior, cada uno de los herederos responderá de la parte de la pena que le corresponda, en proporción a su cuota hereditaria. Artículo 1850. Tratándose de obligaciones indivisibles, se observará lo dispuesto en el artículo 2007. Interpretación. Artículo 1851
20 de mar. de 2024 · Código Civil Artículo 1849 Ciudad de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 31/03/2024. Código Civil Ciudad de México. Artículo 1849. En el caso del artículo anterior, cada uno de los herederos responderá de la parte de la pena que le corresponda, en proporción a su cuota hereditaria.
Código Civil Veracruz. Artículo 1849. Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de la misma tienen los demás.
Artículo 2249. Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada ni el segundo satisfecho. Artículo 2250.
Explicación sencilla. Esta cita del artículo 1849 del Código Civil establece que si un acreedor acepta voluntariamente recibir un inmueble u otros bienes como pago de una deuda, y luego pierde estos bienes debido a un desposeimiento legal, el fiador de la deuda queda liberado de su responsabilidad. En otras palabras, si el acreedor acepta el ...