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  1. Artículo 1489 del Código Civil de México – Conceptos Jurídicos. Código Civil Federal. Es nulo el testamento en que el testador no exprese cumplida y claramente su voluntad, sino sólo por señales o monosílabos en respuesta a las preguntas que se le hacen. art 1489 cc. Código Civil Federal. LIBRO TERCERO - De las Sucesiones.

  2. Hace 5 días · Código Civil Artículo 1489. En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado. Pero en tal caso podrá el otro contratante pedir a su arbitrio o la resolución o el cumplimiento del contrato, con indemnización de perjuicios.

  3. Artículo 1489. Es nulo el testamento en que el testador no exprese cumplida y claramente su voluntad, sino sólo por señales o monosílabos en respuesta a las preguntas que se le hacen. Artículo 1490. El testador no puede prohibir que se impugne el testamento en los casos en que éste deba ser nulo conforme a la ley. Artículo 1491

  4. art 1489 cc. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título IV: Del contrato de compra y venta. Capítulo IV: De las obligaciones del vendedor. Sección III: Del saneamiento. 2.º Del saneamiento por los defectos o gravámenes ocultos de la cosa vendida. Artículo 1484; Artículo 1485; Artículo 1486; Artículo 1487 ...

  5. En una visión más moderna, la resolución por incumplimiento exart. 1489 CC es una facultad más de que dispone el acreedor en caso de incumplimiento resolutorio y no una condición, de manera que su estudio se inserta en el tópico del incumplimiento y no en las obligaciones condicionales.

  6. artículo 1489 CC. re ere precisamente a esta clase de incumplimiento; a 6 Existe cierto consenso en la moderna doctrina nacional que el incumplimiento constituye un elemento articulador de una serie de remedios entre los que el acreedor puede optar libremente. Entre ellos, la pretensión de cumplimiento, la resolución,

  7. La cita se refiere al artículo 1489 del Código Civil, que trata sobre las ventas judiciales. Según este artículo, en estas ventas no se puede exigir responsabilidad por daños y perjuicios. Sin embargo, todas las demás disposiciones establecidas en los artículos anteriores se aplicarán.