Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 24 de abr. de 2024 · Código Civil Federal Federal Artículo 1502. No pueden ser testigos del testamento: I. Los amanuenses del Notario que lo autorice; II. Los menores de dieciséis años; III. Los que no estén en su sano juicio; IV. Los ciegos, sordos o mudos; V. Los que no entiendan el idioma que habla el testador; VI.

  2. Hace 6 días · Código Civil. Artículo 1502. Requisitos para obligarse. Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad, es necesario: 1o.) que sea legalmente capaz. 2o.) que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio. 3o.) que recaiga sobre un objeto lícito.

  3. 24 de abr. de 2024 · Código Civil Querétaro Artículo 1502. Si el reconocimiento se hace después de que el descendiente haya adquirido bienes cuya cuantía haga suponer fundadamente que ello motivó el reconocimiento, ni el que reconoce, ni sus descendientes, tienen derecho a la herencia del reconocido.

  4. Código Civil Guanajuato. Artículo 1502. En las enajenaciones de cosas ciertas y determinadas, la traslación de la propiedad se verifica entre los contratantes, por mero efecto del contrato, sin dependencia de tradición, ya sea natural, ya sea simbólica; debiendo tenerse en cuenta las disposiciones relativas del Registro Público respecto ...

  5. 4 de may. de 2024 · Para citar el Código Civil Federal en APA, debes seguir el siguiente formato: Nombre del código: Código Civil Federal. Versión: Fecha de la versión que estás consultando. Editor o autor: Gobierno de México. Año: Año de la versión consultada. URL: URL si es una versión en línea. A continuación, se presenta un ejemplo de cómo ...

  6. Hace 6 días · El error de hecho vicia asimismo el consentimiento cuando la sustancia o calidad esencial del objeto sobre que versa el acto o contrato, es diversa de lo que se cree; como si por alguna de las partes se supone que el objeto es una barra de plata, y realmente es una masa de algún otro metal semejante.

  7. Hace 6 días · Código Civil Artículo 1504. Si perecen todas las cosas comprendidas en la obligación alternativa, sin culpa del deudor, se extingue la obligación. Si con culpa del deudor, estará obligado al precio de cualquiera de las cosas que elija, cuando la elección es suya; o al precio de cualquiera de las cosas que el acreedor elija ...

  1. Búsquedas relacionadas con articulo 1502 codigo civil

    artículo 1502 código civil colombiano