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  1. Hace 5 días · Código Civil. Artículo 1543. Existencia de la cosa prometida bajo condicion. Si antes del cumplimiento de la condición la cosa prometida perece sin culpa del deudor, se extingue la obligación; y si por culpa del deudor, el deudor es obligado al precio y a la indemnización de perjuicios.

  2. Hace 5 días · Cumplimiento literal de la condicion. Las condiciones deben cumplirse literalmente en la forma convenida. Colombia Art. 1541 CC. Hacer una pregunta en los comentarios. Artículo 1o ... 1539 1540 1541 1542 1543 ... 2684.

  3. Hace 3 días · La XVI Legislatura aprobó reformar el primer párrafo del artículo 192 y el primer párrafo del artículo 194, ambos del Código Civil para el Estado de Baja California Sur, a fin de que, cuando los cónyuges adquieran o enajenen bienes inmuebles durante la vigencia de un matrimonio, sea obligación de los notarios públicos hacer constar en la escritura correspondiente, si éstos son o ...

  4. Hace 5 días · CCF Artículo 13 Federal de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 13. La determinación del derecho aplicable se hará conforme a las siguientes reglas:

  5. Hace 4 días · El pleno de la Corte invalidó, con la efectos generales, diversas leyes del Código Civil y de la Ley del Registro Civil de Jalisco, esto último a propuesta de Yasmín Esquivel

  6. Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó con efectos generales ciertos artículos del Código Civil y de la Ley del Registro Civil de Jalisco, que prohíben a las mujeres casadas que vivan con su marido asentar como padre biológico de sus hijas e hijos ante el Registro Civil a otro que no sea su esposo.Los ministros estimaron que esos preceptos ...

  7. Hace 5 días · Artículo 1583. Excepciones a la divisibilidad. Si la obligación no es solidaria ni indivisible, cada uno de los acreedores puede solo exigir su cuota, y cada uno de los codeudores es solamente obligado al pago de la suya; y la cuota del deudor insolvente no gravará a sus codeudores. Exceptúanse los casos siguientes: