Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. 24 de abr. de 2024 · Artículo 1567. No pueden ser albaceas, excepto en el caso de ser herederos únicos: I.- Los magistrados y Jueces que estén ejerciendo jurisdicción en el lugar en que se abre la sucesión; II.- Los que por sentencia hubieren sido removidos otra vez del cargo de albacea; III.- Los que hayan sido condenados por delitos contra la propiedad; IV.-

  2. 1 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil Campeche. Artículo 1567. Cuando alguno tuviere interés en que el heredero declare si acepta o repudia la herencia, podrá pedir, pasados nueve días de la apertura de ésta, que el juez fije al heredero un plazo, que no excederá de un mes, para que ...

  3. 4 de may. de 2024 · Es importante comprender los diferentes tipos de personas que existen en el marco jurídico para establecer derechos, obligaciones y responsabilidades de manera adecuada. En este artículo, exploraremos en detalle la clasificación de personas en el Código Civil, brindando toda la información necesaria para comprender este concepto de manera ...

  4. Hace 4 días · RESPUESTA A LA PREGUNTA. Los bienes adquiridos por herencia, durante el matrimonio, no forman parte de la sociedad conyugal, salvo el caso, de que en las capitulaciones matrimoniales, hayan acordado lo contrario. NOTA: Cada Estado o República tiene su propia legislación civil y familiar. Por ello debes confirmar la presente información ...

  5. Hace 6 días · Código Civil Artículo 1568 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-05-2024. Código Civil. Artículo 1568. El pago efectivo es la prestación de lo que se debe. Chile Art. 1568 CC. Artículo 1 ... 1566 1567 1568 1569 1570 ... FINAL.

  6. Hace 5 días · Artículo 1567. Perdidas de cosas debidas por obligacion de genero. La pérdida de algunas cosas del género no extingue la obligación, y el acreedor no puede oponerse a que el deudor las enajene o destruya mientras subsistan otras para el cumplimiento de lo que debe. DE LAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS. Colombia Art. 1567 CC.

  7. Hace 5 días · Código Civil. Artículo 1527. Definicion de obligaciones civiles y naturales. Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.