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  1. Hace 3 días · Código de Procedimiento Civil Artículo 158. Las resoluciones judiciales se denominarán sentencias definitivas, sentencias interlocutorias, autos y decretos. Es sentencia definitiva la que pone fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio.

  2. Hace 5 días · Pidieron que se les casara. El oficial del registro civil les dijo que no podía hacerlo porque el artículo 143 del código civil oaxaqueño establecía que “El matrimonio es un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie y proporcionarse ayuda mutua en la vida”.

  3. Hace 3 días · El contrato de prestación de servicios Código Civil es un acuerdo entre dos partes. En este acuerdo, la persona que provee el servicio se compromete a brindar el servicio a la persona que lo contrata. No sin antes establecer unas condiciones y la compensación económica.

  4. Hace 5 días · Tesis: I.5o.C.156 C (11a.) / Registro digital: 2028768. Tesis Aislada TCC. El Poder para pleitos y cobranzas otorgado al Comité de Vigilancia de un condominio (art. 2554 del Código Civil de la CDMX) es insuficiente para legitimarlos para intentar la acción de pago de cuotas condominales.

  5. Hace 4 días · Código Civil Artículo 158 Colombia. Artículo 158. Medidas cautelares. Presunción de Paternidad por Reconocimiento. Pedro Guatavita de 62 años de edad y Laura Guatavito de 22 años de edad, tuvieron una relación extramatrimonial durante un año.

  6. Hace 3 días · Código Civil Artículo 150 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19-05-2024. Código Civil. Artículo 150. La mujer casada de cualquiera edad podrá dedicarse libremente al ejercicio de un empleo, oficio, profesión o industria.

  7. Hace 4 días · Código Procesal Civil y Comercial Nacional. Artículo 158. Para toda diligencia que deba practicarse dentro de la República y fuera del lugar del asiento del juzgado o tribunal, quedarán ampliados los plazos fijados por este Código a razón de UN (1) día por cada DOSCIENTOS (200) kilómetros o fracción que no baje de CIEN (100).