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  1. BOE-A-2017-12902 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

  2. 9 de nov. de 2017 · Artículo 159. - Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, transponen Directivas del PE y del Consejo - KNOWLEDGECAKE. BOE-A-2017-12902. Estado: VIGENTE. Fecha de Publicación: 2017/11/09. Rango: Ley. Departamento: Jefatura del Estado. Origen: Estatal. Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico. Url doc. Artículo 159.

  3. Artículo modificado por Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. ( BOE de 22-04-2020) en vigor desde 23-04-2020. Toda la informaci�n sobre Articulo 159 Ley de Contratos del Sector Público.

    • II. Aspectos Introductorios sobre El Procedimiento Abierto Supersimplificado
    • III. ¿Qué Es El Procedimiento Abierto Supersimplificado?
    • IV. Regulación Del Procedimiento Abierto Supersimplificado
    • V. Aspectos Claves Del Procedimiento Abierto Supersimplificado

    El procedimiento abierto supersimplificado, es uno de los aspectos novedosos que trajo consigo la puesta en vigor de la LCSP. Su implementación tiene por objeto contar con una herramienta que permita alcanzar procedimientos de adjudicación ágiles y que, a su vez, garanticen el cumplimiento de los principios que rigen la contratación pública. Con es...

    El procedimiento abierto supersimplificado o simplificado abreviado, es un procedimiento que, por su valor y por la totalidad de criterios de adjudicación automáticos, elimina requisitos garantistas. Con el procedimiento abierto supersimplificado, se agilizan los plazos de licitación, estableciendo términos más cortos para la recepción de las ofert...

    En cuanto a la regulación del procedimiento abierto supersimplificado, se encuentra contenida en el artículo 159.6 de la LCSP. No obstante, lo no previsto en el apartado antes mencionado, se deberá seguir por la regulación general prevista para el artículo abierto simplificado, contenida en el mismo artículo 159 de la LCSP.

    a) Valor estimado.

    De acuerdo con lo establecido en el artículo 159.6 de la LCSP, el primer punto que se debe abordar sobre el procedimiento abierto supersimplificadoes lo referente a las cantidades estimadas que pueden ser objeto de licitación y sobre cuáles contratos recae. En ese sentido, en cuanto a los contratos de obras el valor estimado debe ser inferior a 80.000 euros, mientras que en los contratos de suministros y de servicios el valor estimado debe ser inferior a 60.000 euros, con la excepción de los...

    b) Plazo para la presentación de proposiciones.

    Otro aspecto a destacar sobre el procedimiento abierto supersimplificado es el plazo para la presentación de las proposiciones establecido en el literal a) del artículo 159.6, el cual no podrá ser inferior a diez días hábiles, a contarse desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante. No obstante, lo anterior, cuando se trate de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado el plazo será de cinco días hábiles, debiendo tenerse la previsi...

    c) Simplificación de trámites en cuanto a la acreditación de la solvencia.

    Una ventaja que trae consigo el procedimiento abierto supersimplificado, es precisamente sobre la base de la reducción de cargas y simplificación de trámites administrativos, al eximir a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.

  4. Artículo 2 Ámbito de aplicación. 1. Son contratos del sector público y, en consecuencia, están sometidos a la presente Ley en la forma y términos previstos en la misma, los contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren las entidades enumeradas en el artículo 3.

  5. Tras la corrección de errores del 20 de abril de 2021, dicho precepto pasa a tener la siguiente redacción: “a) Que su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros en el caso de contratos de obras, y en el caso de contratos de suministro y de servicios, que su valor estimado sea inferior a las cantidades establecidas en los ...

  6. Comprar edición en papel. Este trabajo realizado por los profesores del Master de Gestión de Contratos del IUGM/UNED, Doctores en Derecho, Álvaro Canales Gil y Justo Alberto Huerta Barajas, es ante todo un reto para hacer frente a la complejidad de la materia que la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público contiene.