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  1. Hace 5 días · Código Civil Artículo 1664. Retiro de la consignacion Mientras la consignación no haya sido aceptada por el acreedor, o el pago declarado suficiente por sentencia que tenga la fuerza de cosa juzgada, puede el deudor retirar la consignación; y retirada, se mirará como de ningún valor ni efecto respecto del consignante de sus ...

  2. Hace 5 días · Código Civil Ciudad de México. Artículo 444. La patria potestad se pierde por resolución judicial en los siguientes supuestos: I. Cuando el que la ejerza sea condenado expresamente a la pérdida de ese derecho. II. En los casos de divorcio, teniendo en cuenta lo que dispone el artículo 283 de éste Código. III.-

  3. Hace 5 días · Código Civil México. Artículo 4.397. Concepto de grupo familiar. Para los efectos del presente título se entiende por: I.Violencia familiar: Toda acción, omisión o abuso, que afecte la integridad física, psicológica, moral, sexual, patrimonial y/o la libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar aún cuando se configure un delito:

  4. Hace 5 días · Código Civil Artículo 724 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06-05-2024. Código Civil. Artículo 724. Si la cosa es de aquellas cuya tradición deba hacerse por inscripción en el Registro del Conservador, nadie podrá adquirir la posesión de ella sino por este medio. Chile Art. 724 CC.

  5. Hace 5 días · Reserva de bienes en interés del donante (art. 634 CC): Protege al donante y a las personas que dependen de él. Reducción de donaciones inoficiosas (art. 636 CC): Protege a los legitimarios del donante. Prohibición de donación de bienes futuros (art. 635 CC): No se pueden donar bienes que no se poseen en el momento de la donación.