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  1. Capítulo I. De los Esponsales (Derogado) Capítulo II. De los Requisitos para contraer Matrimonio. Capítulo III. De los Derechos y Obligaciones que nacen del Matrimonio. Capítulo IV. Del Contrato de Matrimonio con Relación a los Bienes. Capítulo V. De la Sociedad Conyugal. Capítulo VI.

  2. 18 de jun. de 2020 · La situación legal de los bienes en el concubinato. El Código Civil Federal estipula el derecho de la concubina o concubino a heredar los bienes inmuebles, siempre y cuando hayan vivido, por lo menos, cinco años en unión libre bajo el mismo techo o hayan tenido un hijo durante la unión. En el mismo Código también se estipula que las ...

  3. El Registro Civil mediante la inscripción y creación de los actos constitutivos y modificativos del estado civil de las personas, al darles publicidad, hará que las inscripciones surtan efectos contra terceros y que hagan prueba plena. (REFORMADO, P.O. 6 DE MARZO DE 2000) Artículo 34. El Registro Civil estará constituido por:

  4. Código Civil Federal› Libro Primero - De las Personas› Título Quinto - Del Matrimonio. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Capítulo I - De los Esponsales (Artículo 139 - Artículo 145)

  5. CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE OAXACA Disposiciones preliminares Artículo 1°.-Las disposiciones de este Código regirán en todo el territorio del Estado de Oaxaca en asuntos del orden común. Artículo 2°.-La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer.

  6. El estado civil de las personas sólo se comprueba con las copias certificadas de las actas del Registro Civil. Ningún otro medio de prueba es admisible para comprobarlo, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley. ARTÍCULO 33.- La titularidad de las Oficialías del Registro Civil estará a cargo de

  7. Artículo 160. Artículo 161. Artículo 146. El matrimonio debe celebrarse ante los funcionarios que establece la ley y con las formalidades que ella exige. Artículo 147. Cualquiera condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges, se tendrá por no puesta. Artículo 148.