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  1. Las disposiciones de este código serán ley supletoria de toda la Legislación Estatal. Cuando en este código o en otras leyes del Estado se use el genérico masculino por efecto gramatical, se entenderá que las normas son aplicables tanto al varón como a la mujer salvo disposición expresa en contrario.

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  2. Si bien la unión libre no está reconocida legalmente, el Código Civil establece que la pareja heterosexual soltera, sin impedimento legal para casarse y que a lo largo de dos años haya cohabitado, adquiere derechos y obligaciones a fin de regular la convivencia.

  3. Para los efectos de este artículo, se entiende por concubinato el estado por el cual un hombre y una mujer solteros viven como si fueran cónyuges, durante cinco años o más. Se considera también concubinato cuando transcurridos tres años de iniciada esa unión, hubieren procreado entre sí algún hijo.

  4. El concubinato existe porque la unión entre dos personas tiene efectos legales, aunque no haya matrimonio. Por ejemplo, el artículo 1635 del Código Civil Federal menciona al concubinato como una relación que da el derecho a heredarse recíprocamente en caso de muerte de una de las partes y bajo determinadas condiciones.

  5. Dentro del Código Civil del Estado de Jalisco, la figura jurídica del concubinato solamente contempla a las parejas formadas por un hombre y una mujer; situación que afecta los derechos humanos de las personas que integran parejas del mismo sexo en esta entidad federativa, así como los derechos civiles y de seguridad social que de dicha ...

  6. 1. Derecho a la protección familiar en el concubinato y otras uniones 9 1.1 Derecho constitucional a la protección de la familia 11 SCJN, Primera Sala, Contradicción de Tesis 163/2007, 9 de abril de 2008 11 1.1.1 El requisito de "estar libre de matrimonio" 13 SCJN, Primera Sala, Amparo Directo en Revisión 230/2014, 19 de noviembre de 2014 13

  7. El Código Civil para el Distrito Federal prevé que los Jueces del Registro Civil extenderán las actas relativas al concubinato. ¿Cuáles son los efectos jurídicos del concubinato? Los efectos o consecuencias jurídicas del concubinato son: