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  1. www.diputados.gob.mx › bibdig › const_mexCamara de Diputados

    De la reli crion. Art. 12 La rcli"ion cntólica, apostólica, romana, es la úDica quc se debe profcsar cn el Estado. CAPITULO 11. De la soberania. Art. 22 La facultad de dictar leycs y establecer la forma de gobierno que mas convenga los intereses de la sociedad constituye la sobcranfa. 1 Es la 14, título 13, libro 9 dc la Nov. Rcc.— Art. 3?

    • Cuatro días antes, Morelos había dicho, desde Tlalcosautitlán:190
    • A la mitad del documento se destaca el núcleo fundamental de la Cons-titución recién promulgada:
    • Dice Rafael Moreno: “Tres eran los principios fundamentales de la nue-va actitud: la fe, la experiencia y la razón”, a lo que agregó más adelante:269
    • A continuación viene la calificación legal que hizo el Real Acuerdo:

    Somos libres por la gracia de Dios, é independientes de la soberbia tiranía española, que con sus Cortes Extraordinarias, y muy extraordinarias, y muy fuera de razón, quieren cultivar el monopolio con las continuas metamorfosis de su gobierno, concediendo la capacidad de constitución que poco antes ne-gaba á los americanos, definiéndolos como bruto...

    La profesión exclusiva de la religión católica, apostólica romana, la natu-raleza de la soberanía, los derechos del pueblo, la dignidad del hombre, la igualdad, seguridad, propiedad, libertad y obligaciones de los ciudadanos, los límites de las autoridades, la responsabilidad de los funcionarios, el carácter de las leyes: he aquí, mexicanos, los ca...

    Los jesuitas tienen otro mérito igualmente grande. Además de introductores de la filosofía moderna, además de mexicanos, son humanistas, como dice Gabriel Méndez Plancarte, lo mismo afirman los derechos y los valores per-durables del hombre que descienden al estudio y remedio de sus necesidades concretas... establecen la libertad como derecho invio...

    Los rebeldes, destruyendo enteramente nuestro justo y racional gobierno, y estableciendo solemnemente la independencia de estos dominios y su separa-ción de la madre patria, se han forjado una especie de sistema republicano, bárbaramente confuso y despótico en substancia, respecto de los hombres que se han arrogado el derecho de mandar en estos paí...

  2. Cambiar a versión actual (2020) Descargar PDF. Versión anterior de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el año de 1814, también conocida como la "Constitución de Apatzingán":

  3. Decreto constitucional para la libertad de la América mexicana, sancionado en Apatzingán a 22 de octubre de 1814 | Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes.

  4. Constitución de Apatzingán, es un documento clave en la historia del constitucionalismo mexicano que emergió en plena guerra de Independencia como sustento ideológico e institucional de la lucha armada insurgente. Obra del Congreso de Chilpancingo, debe su designación a la villa de Apatzingán, en el actual estado de Michoacán.

  5. Decreto constitucional para la libertad de la América mexicana. 22 de octubre de 1814; Michoacán, Universidad Latina de América, 15 de abril de 2002. 169. servido en la trinchera de la que provendrá la experiencia y en la que se afinará la intuición. Imagino a don Enrique Díaz Ballesteros su-mando ese tiempo de lectura al tiempo de vida ...

  6. 22 • La Constitución de 1814 La Constitución de 1814 o de Apatzingán, así llamada porque en este lugar de la entonces provincia de Valladolid y hoy estado de Michoacán, se expidió con el carácter de provi-sional, consta de dos partes: la primera se denomina: “Princi-pios o elementos constitucionales” y, la segunda, “Forma de