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  1. La Constitución española de 1978 es la segunda más extensa de la historia del constitucionalismo español, después de la Constitución española de 1876. Contiene 169 artículos, además de nueve disposiciones transitorias, cuatro adicionales, una derogatoria y una final.

    • De los derechos y deberes fundamentales. [Bloque 13: #a10] Jurisprudencia. Artículo 10 1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
    • De la Corona. [Bloque 67: #a56] Jurisprudencia. Artículo 56 1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
    • De las Cortes Generales. [Bloque 78: #cprimero-2] CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras. Subir. [Bloque 79: #a66] Jurisprudencia. Artículo 66 1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
    • Del Gobierno y de la Administración. [Bloque 113: #a97] Jurisprudencia. Artículo 97. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado.
  2. Ratificada en referéndum por el pueblo español el 6 de diciembre de 1978. Sancionada por S. M. el Rey Don Juan Carlos I el 27 de diciembre de 1978 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 1978. Incluye reformas de 1992, 2011 y 2024.

    • TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales (arts. 10 a 55) CAPÍTULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros (arts. 11 a 13) CAPÍTULO SEGUNDO. Derechos y libertades (art.
    • TÍTULO II. De la Corona (arts. 56 a 65)
    • TÍTULO III. De las Cortes Generales (arts. 66 a 96) CAPÍTULO PRIMERO. De las Cámaras (arts. 66 a 80) CAPÍTULO SEGUNDO. De la elaboración de las leyes (arts. 81 a 92)
    • TÍTULO IV. Del Gobierno y de la Administración (arts. 97 a 107)
  3. Constitución de 1978. Don Juan Carlos de Borbón inició su reinado dentro del sistema político integrado por el conjunto de las llamadas Leyes Fundamentales del anterior régimen, las cuales incluían la posibilidad de su modificación.

  4. La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español, a la que están sujetos todos los poderes públicos y ciudadanos de España desde su entrada en vigor el 29 de diciembre de 1978.