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  1. www.leyes.congreso.gob.pe › Documentos › 2016_2021Decreto legislativo n 1265

    Mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, se aprueba el Reglamento del presente Decreto Legislativo en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Legislativo, en el diario oficial El Peruano.

  2. Decreto Supremo N.° 002-2017-JUS-DS. 27 de enero de 2017. DECRETO SUPREMO Nº 002-2017-JUS. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N. 1265, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Practica Profesional.

    • Considerando
    • Decreta
    • Procedimiento de Inscripción en El Registro
    • Disposiciones Complementarias Finales

    Que, el Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que Crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por mala Práctica Profesional tiene por objeto constituir y normar el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional; Lea también: D.L. 1265 crea Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesio...

    Artículo 1.- Aprobación Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1265, Decreto Legislativo que Crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional. Lea también: MP crea 23 plazas fiscales para investigar caso Odebrecht Artículo 2.- Difusión A efectos de su difusión, se dispone la publicación del presente Decret...

    Artículo 5.- Entidades obligadas a remitir información 5.1 Están obligadas a remitir información al Registro, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura, los Colegios de Abogados, los Colegios de Notarios, los Tribunales Administrativos y demás entidades a las que se refiere el artículo I del Título Prelim...

    Primera.- Plazo de la designación de responsables Las entidades señaladas en el artículo 5 designan a los responsables de brindar la información que se consigna en el Registro en un plazo de quince (15) días calendario. Los reemplazos sucesivos deben ser designados y comunicados a la Dirección General de Justicia y Cultos, en un plazo de dos (2) dí...

  3. 16 de dic. de 2016 · DECRETO LEGISLATIVO N° 1265, QUE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS SANCIONADOS POR MALA PRÁCTICA PROFESIONAL. Artículo 1.- Objeto. El presente Decreto Legislativo tiene por objeto constituir y normar el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional. Artículo 2.-

  4. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1265, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional - DECRETO SUPREMO - N° 002-2017-JUS - JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

  5. Resumen. El objetivo de la investigación es conocer la incidencia de las faltas a la ética y la deontología anotadas en el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional (RNAS), a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Decreto Legislativo N1265).

  6. Que crea el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional