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  1. 11 de may. de 2020 · Decreto Legislativo que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 - DECRETO LEGISLATIVO - N° 1505 -. PDF. HTML. Cuadernillo. Fecha de publicación: 11/05/2020.

  2. 11 de may. de 2020 · lunes, mayo 11, 2020 normas-legales-el-peruano. D. LEG. N° 1505.-. Decreto Legislativo que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19. PODER EJECUTIVO. Decreto Legislativo que establece medidas temporales ...

    • Decreto Legislativo 1505
    • Disposiciones Complementarias Finales
    • Disposición Complementaria Modificatoria
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    POR CUANTO:

    Que, mediante Ley N° 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se otorgó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la vigencia de la citada ley; Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Ley N° 31011 establece que el Poder Ejecutivo cuenta con la facultad de legislar en materia de trabajo y promoción d...

    Primera. Emisión de normas complementarias

    Facúltase a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a emitir disposiciones complementarias para facilitar la implementación del presente Decreto Legislativo en el marco de sus competencias, las mismas que serán emitidas en el plazo de 30 días hábiles desde la entrada en vigencia del presente decreto legislativo.

    Segunda. Vigencia

    Lo establecido en el presente Decreto Legislativo tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

    Tercera. Modalidades formativas para el sector público

    Lo establecido en el presente Decreto Legislativo aplica para los/las practicantes preprofesionales y profesionales regulados en el Decreto Legislativo N° 1401.

    Única. Modificación del numeral 2 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020

    Modifícase el numeral 2 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, conforme al siguiente texto: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Cuarta. – Vigencia (…) 2. El Título II tiene vigencia por el periodo que dure la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud debido a la existencia...

    POR TANTO:

    Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas

  3. 30 de dic. de 2021 · Modificación de la Segunda y Cuarta Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Legislativo N° 1505, Decreto Legislativo que establece medidas temporales excepcionales en materia de gestión de recursos humanos en el sector público ante la Emergencia Sanitaria ocasionada por el COVID-19

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  5. Es el decreto que habilita a las entidades públicas para disponer las medidas temporales excepcionales que resulten necesarias para asegurar que el retorno gradual de los/as servidores/as civiles. Dentro de dichas medidas, aplicables hasta el 31 de diciembre del presente año, se encuentran:

  6. DECRETA: Artículo 1.- Apruébase el Texto Único Ordenado de la Ley No 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, que consta de tres (3) capítulos, veintitrés (23) artículos, nueve (9) disposiciones finales y un apéndice, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.-